CEO2 Centenials
- ROBERTO SALAZAR CORDOVA

- hace 12 horas
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CEO2 Centennials: carbono como futuro de libertad con reglas
Los centennials ya pesan en macro y en cultura. Existen 1,2 mil millones de jóvenes entre 15 y 24 años, cerca de 16% de la población mundial, y ese bloque define la década que viene en consumo, emprendimiento y voto. (Naciones Unidas, 2020).
Esa generación necesita un “mercado puente” entre propósito y obra. El mundo proyecta cerca de US$ 90 trillones de inversión en infraestructura hacia 2030, y el carbono sirve como riel para mover parte de ese CAPEX con trazabilidad y pagos por desempeño. (Global Commission on the Economy and Climate, 2014).
La escala energética ya llegó. En 2024, la inversión global en energía supera US$ 3 trillones, con US$ 2 trillones hacia tecnologías e infraestructura de energía limpia, que incluyen redes, almacenamiento y eficiencia. (IEA, 2024).
El precio al carbono muestra que el mercado financia transición sin estatismo. En 2023, los instrumentos de precio al carbono (impuestos y ETS) generaron US$ 104 mil millones y operaron 75 instrumentos a nivel mundial. (World Bank, 2024).
El mercado voluntario también enseña disciplina de calidad. En 2023, el valor transado cayó a US$ 723 millones, con volumen reportado -56% interanual y un precio promedio reportado de US$ 6,53/tCO2e, empujando integridad y trazabilidad como condición de crecimiento. (Ecosystem Marketplace, 2024).
Aquí se arma la hilación centennial: libertad real significa propiedad del dato, contratos simples y capital aterrizando en territorio. La brecha anual estimada de financiamiento para adaptación alcanza US$ 194–366 mil millones por año, y ese vacío exige instrumentos que conviertan riesgo climático en flujo de inversión verificable. (UNEP, 2023).
La capa global cuida integridad y soberanía climática. La guía de Artículo 6.2 (Decisión 2/CMA.3, 2021) establece condiciones para autorizar, rastrear y reportar ITMOs, con foco en evitar doble contabilidad mediante reglas de seguimiento y ajustes correspondientes. (UNFCCC, 2021).
En la práctica, la autorización tiene componentes específicos. En el proceso Artículo 6 se trabaja con autorización de la cooperación, autorización de ITMOs y autorización de entidades, como base operativa para transferencias y uso internacional. (UNFCCC, 2024).
Chile: mercado con reglas claras
Chile avanzó con reglas explícitas para Artículo 6. El reglamento del Ministerio del Medio Ambiente regula condiciones y requisitos para certificados de reducción o absorción de GEI bajo cooperación internacional, habilitando un carril ordenado para inversión y transferencia. (Ministerio del Medio Ambiente de Chile, 2024).
Chile también tiene un carril doméstico vinculado al impuesto verde. El Decreto Supremo N° 4 (2023) regula proyectos de reducción para compensar emisiones gravadas, con criterios como adicionalidad, medición y verificación, que elevan estándar de integridad local. (BCN LeyChile, 2023).
El dato operativo ya existe: el Sistema de Compensación de Emisiones reporta 4,4 millones de toneladas de CO₂ reducidas, mostrando tracción temprana del instrumento y demanda por certificados con reglas. (SMA Chile, 2025).
Ecuador: transparencia climática y compensación
Ecuador consolidó el RNCC como infraestructura institucional de datos. La Norma Técnica del RNCC del 24-04-2025 implementa transparencia climática y define obligaciones de provisión de información a nivel nacional. (MAATE, 2025).
En compensación, Ecuador definió unidad y trazabilidad. La UCE se define como tonelada de CO2eq reducida y/o removida, base para contabilidad de atributos de mitigación en esquemas de compensación. (Gobierno del Ecuador, 2024).
Ecuador también tiene norma técnica para iniciativas de mitigación voluntarias y compensación bajo su autoridad ambiental, reforzando integridad y orden del mercado local con reglas técnicas. (MAATE, 2023).
La consulta práctica: registro voluntario y cumplimiento
En uso corporativo voluntario, el registro operativo vive en el estándar y su registro (emisión, serial, retiro) y en controles de integridad del mercado. En transferencias internacionales tipo Artículo 6, el marco exige autorización, rastreo y reporte consistente, con foco en contabilidad y transparencia. (UNFCCC, 2021; UNFCCC, 2024).
Chile muestra separación de carriles: cooperación internacional bajo reglamento Artículo 6 y compensación doméstica bajo DS4/2023, con gobernanza pública y verificación. Ese diseño permite libertad económica con reglas, sin captura estatista del valor. (Ministerio del Medio Ambiente de Chile, 2024; BCN LeyChile, 2023).
Ecuador muestra el mismo principio con otra arquitectura: RNCC como base de transparencia y UCE como unidad, con marco técnico que ordena mercado y protege integridad. El resultado buscado es inversión con trazabilidad, con impacto en productividad y pobreza vía CAPEX. (MAATE, 2025; Gobierno del Ecuador, 2024).
El futuro es centennial
La disputa generacional se gana con obra y con datos: US$ 90 trillones de infraestructura hacia 2030, US$ 3 trillones de inversión energética anual, US$ 104 mil millones de señal de precio al carbono, y una brecha de adaptación de US$ 194–366 mil millones por año. Eso es el tablero real para libertad, mercado y territorio. (Global Commission on the Economy and Climate, 2014; IEA, 2024; World Bank, 2024; UNEP, 2023).
Vamos, adelante siempre.
Referencias (APA)
Ecosystem Marketplace. (2024). Estado del mercado voluntario de carbono en 2024: En camino rumbo a la madurez (SOVCM 2024). Forest Trends.
Global Commission on the Economy and Climate. (2014). Better Growth, Better Climate: The New Climate Economy Report.
International Energy Agency. (2024). World Energy Investment 2024: Overview and key findings.
Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE). (2025). Norma Técnica del Registro Nacional de Cambio Climático (NT-RNCC) (24-04-2025).
Ministerio del Medio Ambiente de Chile. (2024). Reglamento que establece las condiciones y requisitos relativos a los certificados de reducción o absorción de emisiones de GEI en el marco del Artículo 6 del Acuerdo de París.
Naciones Unidas. (2020). Youth. United Nations.
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP). (2023). Adaptation Gap Report 2023.
Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Chile. (2025). Sistema de Compensación de Emisiones reduce 4,4 millones de toneladas de CO2.
UNFCCC. (2021). Decision 2/CMA.3: Guidance on cooperative approaches referred to in Article 6, paragraph 2, of the Paris Agreement.
UNFCCC. (2024). Guidance on cooperative approaches referred to in Article 6.2: CMA consideration of authorization components (documento de trabajo).
World Bank. (2024). State and Trends of Carbon Pricing 2024 (Press release y reporte).
BCN LeyChile. (2023). Decreto 4 (29-sep-2023) del Ministerio del Medio Ambiente: Reglamento de proyectos de reducción de emisiones para compensar emisiones gravadas.
Gobierno del Ecuador. (2024). Definición de Unidad de Compensación de Emisiones (UCE) como tonelada de CO2eq reducida y/o removida (documento normativo).










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