
NATURALEZA vs Ley Reformatoria al COA: los RIESGOS son muchos.
- ROBERTO SALAZAR CORDOVA

- hace 2 días
- 19 min de lectura
Todo con comunidades...
De la tierra, el URKU y la estructura institucional de SIERRA|ANDES, como vías de desarrollo ajenas a la centralización (que incentiva la captura del regulador) en los Estados Unidos Andinos.
Por: Roberto F. Salazar-Córdova
ECONOMISTA, ADN@+6
Abstract
Elinor Ostrom demostró que las comunidades pueden administrar recursos de uso común de manera estable cuando cuentan con derechos reconocidos, límites territoriales claros, reglas adaptadas a la realidad local, monitoreo, sanciones graduadas, mecanismos propios de solución de controversias y capacidad para organizarse sin interferencia arbitraria. La evidencia posterior confirma que la titulación y el control comunitario de territorios indígenas reducen la deforestación, favorecen la regeneración forestal y disminuyen los costos de vigilancia.
Este artículo explica esa literatura en la estructura institucional que Red Santa Cruz ha diseñado desde 2024 en el Proyecto SIERRA|ANDES y muestra -con evidencia- el potencial de expansión y efectividad esperado en su escalabilidad ya iniciada hacia los ocho Estados Unidos Andinos: Panamá, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Chile y Argentina.
El análisis sostiene que la tierra organizada, medida y financiada mediante URKU puede convertirse en uno de los principales activos de desarrollo regional.
Como se verá en el índice, a continuación, la estructura de SIERRA|ANDES distribuye las funciones territoriales, técnicas, financieras, registrales y regulatorias entre instituciones diferentes; limita la concentración de información y poder; reduce las oportunidades de captura regulatoria; protege la distribución comunitaria de beneficios; y crea trazabilidad mediante dMRV, verificación independiente y blockchain.
En lo contextual, la reforma ecuatoriana al Código Orgánico del Ambiente es analizada en sus riesgos: si bien reconoce los mercados voluntarios, los proyectos comunitarios, las salvaguardas, los resultados de mitigación y la interoperabilidad registral, su potencial dañino es elevado.
Su riesgo central reside en la concentración de facultades regulatorias y en la posibilidad de que intereses fiscales, burocráticos, políticos o empresariales capturen el futuro Registro Nacional de Cambio Climático.
Por otro lado, la protección constitucional del Pueblo Kayambi, de sus territorios, de sus formas de organización, de su participación y de su derecho a beneficiarse del ambiente blinda ampliamente el núcleo de SIERRA|ANDES.
La ley puede ordenar la contabilidad climática, pero como seguramente se debatirá en la redacción de su reglamento, no puede jurídicamente desplazar a las comunidades como las entidades principales (no agencias) que poseen derechos constitucionalmente garantizados en sus territorios.
Palabras clave: Ostrom, comunidades, bienes comunes, captura regulatoria, corrupción, pueblos indígenas, SIERRA|ANDES, URKU, mercados de carbono, Estados Unidos Andinos.
Índice
1. Ostrom y la comunidad como institución económica
2. Los Estados Unidos Andinos y su capital territorial
3. La evidencia empírica sobre conservación comunitaria
4. Captura regulatoria, intereses especiales y corrupción ambiental
5. La estructura institucional de SIERRA|ANDES
6. Cómo la estructura previene la captura y la corrupción
7. La reforma ecuatoriana: potencialidades y riesgos
8. Aplicación en los ocho Estados Unidos Andinos
9. La tierra y URKU como factores de desarrollo
10. Blindaje constitucional de SIERRA|ANDES
11. Conclusiones
12. Bibliografía

EL ROL DE LA
DESCENTRALIZACIÓN EXTREMA
1. Ostrom y la comunidad como institución económica descentralizada
El punto de partida es Elinor Ostrom.
Su trabajo desmontó la idea de que los recursos compartidos debían terminar necesariamente sobreexplotados o quedar sometidos a una administración central.
Ostrom documentó numerosos casos en los que asociaciones de usuarios desarrollaron reglas estables para administrar bosques, sistemas de riego, pesquerías, pastizales y cuencas.
El resultado dependía de la capacidad -descentralizada- de las comunidades para definir límites, adaptar las reglas al territorio, vigilar el cumplimiento, imponer sanciones graduadas y resolver conflictos a bajo costo (Ostrom, 1990; Ostrom, 2009).
Su hallazgo central fue institucional: la propiedad comunitaria puede funcionar cuando está acompañada por gobernanza efectiva. La comunidad conoce el recurso, observa su uso diariamente, identifica rápidamente el incumplimiento y soporta directamente las consecuencias de la degradación. Esa proximidad reduce los costos de información y supervisión que enfrenta una burocracia central.

Ostrom identificó también el reconocimiento del derecho de las comunidades a organizarse como una condición esencial.
Una comunidad puede tener reglas sólidas, pero su sistema queda debilitado cuando una autoridad externa puede desconocerlas, sustituirlas o imponer decisiones incompatibles con el territorio.
La comunidad requiere autonomía operativa dentro de un orden jurídico que proteja sus derechos.

SIERRA|ANDES adoptó este principio de la primera Nobel de Economía: El Pueblo Kayambi es el principal territorial.
Las demás instituciones desempeñan funciones especializadas alrededor de su territorio y su plan de vida: El estándar certifica; el verificador audita; Red Santa Cruz estructura y gestiona la inversión de impacto; el dMRV produce evidencia para el Token URKU; la blockchain conserva la trazabilidad; y la autoridad pública vela solo por las reglas generales.
El centro permanece en la comunidad.
Esta ingeniería basada en decenas de Diálogos Hexagonales nacionales, locales e internacionales ha producido un proyecto premiado en foros de carbono de los Andes.

2. Los Estados Unidos Andinos y su capital territorial
Los Estados Unidos del URKU en los Andes comprenden Panamá, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Chile y Argentina.
Forman un continuo territorial articulado por la Cordillera de los Andes, sus ramales, sus cuencas, sus corredores marítimos y sus sistemas productivos. Esta definición funcional permite observar la región como un bloque cuyo activo digital URKU es un RWA (Real World Asset) basado en el desarrollo social de los pueblos que cuidan la vida y sus hábitats naturales, humanos, financieros y culturales, más allá de sus fronteras políticas contemporáneas (Salazar-Córdova, 2025; 2026).
Los ocho países reúnen islas, selvas tropicales, bosques andinos, páramos, punas, humedales, glaciares, cuencas amazónicas, costas del Pacífico y del Caribe, tierras agrícolas, reservas de agua, biodiversidad y minerales estratégicos. La región posee, por tanto, una base material capaz de sostener una economía climática de escala continental.
Durante décadas, gran parte de ese patrimonio fue tratado como reserva pasiva, frontera extractiva o fuente fiscal. El trabajo institucional consiste en transformarlo en capital territorial verificable que financie la base de la pirámide al invertir fondos contra desarrollo humano sostenible: con ecosistemas conservados, restauración, agua, captura de carbono, biodiversidad, agricultura regenerativa, seguridad alimentaria, nutrición, infraestructura y servicios comunitarios.

La tierra, para las comunidades, ha representado tanto superficie, como unidad de producción ambiental y social culturalmente orgánica.
URKU permite expresar económicamente esa productividad. La medición, verificación y tokenización ya ha transformado resultados futuros de conservación y restauración en mecanismos efectivos de cooperación en la preinversión, inversión de impacto y financiamiento comunitario.
El activo digital URKU es social, nació del territorio y su valor ha aumentado conforme se ha mostrado en foros la permanencia, la adicionalidad y la distribución de beneficios.

La región posee pueblos que han solicitado colocar dicho activo social como unidad de cuenta territorial de inversión usando el carbono como mero numerario. URKU ya cumple esa función cuando se mantiene vinculado a activos verificables, proyectos delimitados y resultados auditables.
3. Evidencia empírica respecto a la conservación comunitaria
La investigación posterior a Ostrom muestra resultados cuantificables.
Blackman, Corral, Lima y Asner analizaron la titulación de comunidades indígenas en la Amazonía peruana. Sus resultados indican que la titulación redujo el desmonte (deforestación) en más de tres cuartas partes y la perturbación forestal aproximadamente en dos tercios durante el período inmediato analizado. El reconocimiento jurídico fortaleció la exclusión de invasores, la vigilancia y la capacidad comunitaria para defender el territorio (Blackman et al., 2017).
Baragwanath y Bayi estudiaron la Amazonía brasileña y encontraron que la asignación plena de derechos colectivos redujo significativamente la deforestación dentro de territorios indígenas. El efecto fue especialmente importante en zonas sometidas a alta presión externa, precisamente donde los derechos de exclusión y la organización territorial adquieren mayor valor (Baragwanath y Bayi, 2020).

Benzeev y sus coautores analizaron 129 territorios indígenas del Bosque Atlántico brasileño entre 1985 y 2019. La formalización completa de la tenencia mejoró los resultados forestales tanto respecto del período anterior como frente a territorios sin titulación completa. La evidencia muestra que el reconocimiento parcial es insuficiente: los resultados aparecen cuando los derechos territoriales son efectivos (Benzeev et al., 2023).

IPBES estima que al menos una cuarta parte de la superficie terrestre mundial es poseída, utilizada, administrada u ocupada tradicionalmente por pueblos indígenas. Esos territorios se superponen con aproximadamente el 35 % de las áreas protegidas y con cerca del 35 % de las tierras restantes con intervención humana muy baja.
El organismo concluye que las instituciones comunitarias han sido frecuentemente eficaces (y en ocasiones más sólidas) que áreas protegidas formalmente establecidas, para evitar la pérdida de hábitat (IPBES, 2019).
La conclusión económica es firme. Las comunidades poseen ventajas competitivas en presencia territorial, información local, vigilancia cotidiana, continuidad cultural, capacidad de reacción y horizonte intergeneracional. Esas ventajas son competitivas porque son monetizables vía tokenización de datos sobre protección y tienen valor ambiental y financiero.

La conservación comunitaria funciona porque los incentivos permanecen donde se producen los costos evitados y los beneficios sociales financiados.
Pero claro, todo puede arruinarse cuando ingresa en escena una ley que centraliza y estatiza los recursos de los habitantes de la tierra.

4. Captura regulatoria, intereses especiales y corrupción ambiental
La OCDE define la captura de políticas públicas como el desvío sistemático o reiterado de decisiones desde el interés general hacia intereses específicos.
La centralización puede dañar la convivencia mediante sobornos, financiamiento político, presión de intereses especiales de grupos empresariales bajo riesgo moral por conflictos de interés, acceso privilegiado a información, lobby, funcionarios o manipulación legal del proceso regulatorio (OCDE, 2017; 2018).

Chile ha sido el único país en los Andes que ha estado a la altura en lo institucional para gestionar equilibradamente estas materias, pero no ha sido efectivo aún en reconocer lo que la literatura indica como beneficio de las garantías que ofrece la descentralización extrema hacia comunidades, como lo hace la Constitución de Ecuador.
En materia ambiental, en ausencia de poder comunitario efectivo de los pueblos, la captura puede aparecer en los puntos donde se concentran las rentas: concesiones, licencias, cambios de uso del suelo, registros, reconocimiento de metodologías sin salvaguardas, autorización de transferencias, asignación de fondos y fiscalización selectiva como arma política.

Los intereses especiales se organizan porque sus beneficios están concentrados. Una concesión, una licencia o una autorización puede representar cientos de millones de dólares para pocos actores. Los costos ambientales, en cambio, se distribuyen entre miles de hogares, cuencas completas y generaciones futuras. Esta asimetría facilita que los grupos corruptos inviertan más recursos en influir sobre la decisión que lo que pueden hacer las comunidades afectadas en defenderse.
URKU reduce esa asimetría. Crea una Red establecida y protegida en Chile para servir a un mercado de capitales hormiga -regionales- centrados en datos de desarrollo social.

Así como la corrupción ambiental se desarrolla mediante cadenas, URKU se organiza -en contra-, a escala, en redes de pueblos contra la tala, la minería ilegal, la pesca global abusiva o el tráfico de especies que, de no encontrar rival, se afincarían en permisos de Estado (locales o nacionales) que sin consulta permiten transporte, documentación, intermediación financiera, acceso a mercados y omisión de controles de las comunidades.
UNODC identifica la corrupción como uno de los principales facilitadores de los delitos que afectan el ambiente (UNODC, 2024).

La escala a combatir con URKU no es menor.
El Banco Mundial estimó que la tala ilegal generaba entre USD 10.000 millones y USD 15.000 millones anuales y que en determinados países podía representar hasta el 90 % de la extracción.
Los estados, al centralizar, pueden ser parte del problema y no de la solución.

Estudios varios (ver bibliografía) calcularon que la tala, pesca y comercio ilegal de vida silvestre producen pérdidas económicas y ecosistémicas de entre USD 1 billón y USD 2 billones al año; más del 90 % corresponde a servicios ecosistémicos "estatizados" que no pueden ser incorporados en los precios de mercado a través de arreglos de negocios del tipo "Business in the Community" (Pereira Goncalves et al., 2012; Banco Mundial, 2019).
La captura del regulador constituye, por tanto, un costo económico y ambiental de primer orden.

Un regulador capturado puede detener proyectos comunitarios, facilitar explotaciones cercanas al poder, cambiar criterios, ocultar información o convertir un registro en mecanismo de selección política.
La respuesta institucional es la descentralización extrema, comunitarista, que consiste en reducir concentración, discrecionalidad y opacidad, pues la rendición de cuentas local es inmediata. Si a aquello se le suma una capa de trazabilidad demostrable hacia lo global, tokenizando datos, se posee una infraestructura glo-cal efectiva.

5. La estructura institucional de SIERRA|ANDES
La estructura de SIERRA|ANDES distribuye las funciones críticas entre actores diferentes.
El Pueblo Kayambi gobierna el territorio. Sus organizaciones intervienen en el plan de vida, la consulta, el monitoreo comunitario, la definición de prioridades y la distribución de beneficios. Su presencia es permanente y su legitimidad proviene de derechos colectivos anteriores a cada administración gubernamental.
Red Santa Cruz estructura la inversión, administra la ejecución financiera y coordina la salida comercial desde Chile como "hub" financiero (fintech sustentable). Su función está separada de la certificación ambiental y de la representación socio-política territorial.

BioCarbon aplica el estándar, revisa metodologías, registra las unidades y conserva información sobre emisión, transferencia, retiro y cancelación. Su valor depende de la integridad de los créditos que reconoce.
El organismo de validación y verificación revisa el PDD, las líneas base, la adicionalidad, los cálculos, los sistemas de monitoreo y las salvaguardas. No participa en la administración financiera ni en la distribución de utilidades.
La empresa ancla asegura el encadenamiento productivo y la efectividad económica territorial.
El dMRV reúne cartografía, observación satelital, sensores, mediciones de campo, información productiva y datos comunitarios y empresariales. Convierte la realidad territorial en evidencia auditable cuyo valor aumenta al impactar, elevando favorablemente el precio del activo digital, que de rebote, entrega datos de conservación efectivos de todos los capitales: físicos, naturales, sociales, simbólicos, humanos y financieros.
La blockchain registra las operaciones tecnológicas y las hace financieras vía un algoritmo que lleva todo a un único precio de integridad. Cada movimiento conserva una marca temporal y una relación verificable con el activo correspondiente.
URKU moviliza inversión asociada a mercados tangibles y conecta el financiamiento con resultados territoriales. Su integridad depende de separar claramente la preinversión, el token social, el derecho económico futuro y la unidad ambiental verificada.

La Junta de compradores-inversores de URKU integra a las organizaciones comunitarias, actores productivos, técnicos y administradores. Las decisiones sustantivas se someten a conocimiento y acuerdo colegiado por unanimidad.
La autoridad ambiental estatal no se desconoce, pero no se integra, pues su gracia es la de ejercer solo la competencia regulatoria y la lejana rectoría climática nacional.

Su función se mantiene separada de la gobernanza territorial, la administración privada y la distribución de beneficios.
Ninguna institución controla simultáneamente el territorio, los datos, el dinero, la certificación, el registro y la fiscalización.
Esa separación es estructural y constituye el principal mecanismo anticaptura que garantiza al inversor seguridad jurídica alejada del mundo político y cercana al mundo comunitario global.

6. Cómo la estructura previene la captura y la corrupción
6.1 El principal está claramente identificado
El Pueblo Kayambi es el principal territorial; se asocian a él: Red Santa Cruz, la empresa ancla, la certificadora, los verificadores y los proveedores tecnológicos. La autoridad pública es la Confederación del Pueblo, con sus agentes especializados.
Esta definición impide que una burocracia central, un estándar internacional o un inversionista global se presente (n) como "propietario(s)" mayoritario(s) ni integral(es) del proyecto.
Cada actor recibe una función delimitada y responde por ella hacia un patrimonio autónomo administrado como una AFI en Chile.

6.2 La información está distribuida y reconciliada
La comunidad URKU posee información territorial; el dMRV produce evidencia técnica; el verificador revisa los datos; el estándar evalúa la metodología; la blockchain registra transacciones; y el registro público concilia la contabilidad nacional.
La manipulación queda bloqueada, pues exigiría alterar simultáneamente varios sistemas independientes. El costo de corrupción aumenta y la probabilidad de detección también.

La Junta General se reúne dos veces por semana y el Board Ejecutivo una vez entre ambas Juntas.
6.3 La certificación está separada de la administración del dinero
Red Santa Cruz no certifica sus propios resultados. Los certificadores no administran los ingresos comunitarios. El verificador no participa en la utilidad. Esta separación elimina conflictos directos de interés.

6.4 Los beneficios tienen una regla previa
El proyecto establece que el 70 % de los ingresos se reinvierte territorialmente. Esa proporción conecta carbono, nutrición infantil, transformación productiva, protección del páramo y desarrollo comunitario.
El dinero no entra en una caja fiscal de libre disposición ni en una cuenta política. Debe conservar trazabilidad desde la venta hasta el resultado territorial.
6.5 Los polígonos y metodologías están delimitados
El proyecto técnico piloto Kayambi comprende 18.251 hectáreas: 9.973 hectáreas de páramo, 6.094 de bosque nativo y 2.184 de restauración. Los polígonos están separados para evitar traslapes, preservar adicionalidad y excluir áreas ya cubiertas por otros programas.

La delimitación reduce la discrecionalidad posterior. Un actor no puede incorporar arbitrariamente nuevas áreas o reclamar dos veces el mismo resultado.
6.6 La decisión es colegiada
La Junta distribuye el poder estratégico. Un interés particular tendría que capturar simultáneamente a varios actores territoriales, técnicos y financieros para alterar el proyecto, pues el comité decide siempre por unanimidad.
6.7 La tecnología conserva evidencia
El dMRV y la blockchain convierten decisiones y operaciones en registros auditables. Una modificación deja rastro. Una unidad retirada puede bloquearse. Una transferencia puede reconciliarse con el registro de origen.

La transparencia deja de depender de declaraciones y pasa a descansar en evidencia.
7. La reforma legal ecuatoriana: potencialidades y riesgos para Sierra|ANDES
7.1 Reconocimiento del mercado voluntario
El artículo 253.1 reconoce expresamente mercados regulados, mercados voluntarios, enfoques cooperativos y enfoques de no mercado. Los mercados voluntarios comprenden iniciativas públicas, privadas, comunitarias o mixtas destinadas a generar, registrar, transferir, retirar o cancelar reducciones, evitaciones, remociones o capturas (artículo 253.1, Proyecto de reforma al COA).
Esta disposición coloca a SIERRA|ANDES dentro de una categoría jurídica reconocida. El proyecto puede operar como iniciativa territorial comunitaria, financiarse privadamente y recurrir a estándares internacionales.
7.2 Salvaguardas comunitarias
El artículo 253.2 exige participación plena, acceso a información, respeto de derechos colectivos, interculturalidad, protección de biodiversidad y mecanismos de consulta o consentimiento cuando corresponda (artículo 253.2, Proyecto de reforma al COA).
La gobernanza Kayambi adquiere respaldo legal adicional. Los acuerdos comunitarios, la consulta y la distribución de beneficios forman parte de la integridad jurídica del proyecto.
7.3 Reconocimiento de REDD+, restauración y soluciones territoriales
El artículo 253.3 incluye REDD+, conservación, restauración, manejo forestal, sistemas agroforestales, sistemas silvopastoriles y soluciones basadas en la naturaleza. Cuando se desarrollan con pueblos y nacionalidades, exige gestión compartida, acuerdos informados, monitoreo y distribución transparente de beneficios (artículo 253.3, Proyecto de reforma al COA).
SIERRA|ANDES se encuentra directamente dentro de este ámbito.
7.4 Registro Nacional e interoperabilidad
El artículo 254 crea el Registro Nacional de Cambio Climático e incorpora mercados voluntarios, transacciones de carbono, MRV e interoperabilidad con registros nacionales e internacionales (artículo 254, Proyecto de reforma al COA).
El potencial consiste en conectar BioCarbon, dMRV, blockchain y registro nacional mediante un identificador único. Esta estructura logra eliminar doble contabilidad y elevar la confianza de compradores.
7.5 Naturaleza jurídica de los resultados
El artículo 254.1 distingue los servicios ambientales de los resultados de mitigación cuantificables y verificables. Estos pueden generar unidades susceptibles de registro, transferencia, cancelación o retiro (artículo 254.1, Proyecto de reforma al COA).
Esta distinción permite financiar resultados sin privatizar la naturaleza.
7.6 El riesgo: concentración regulatoria
La Autoridad Ambiental Nacional podrá regular reconocimiento, autorización, registro, titularidad, transferencia, uso, retiro, cancelación, bloqueo y suspensión. Esa concentración constituye el principal punto susceptible de captura.
En Sierra|ANDES, la categoría social y "tech" de los datos protege al inversor de dicho riesgo.
El riesgo aumentaría, eso sí, si no se reglamenta para evitar vacíos legales dejados en la reforma: plazos abiertos, criterios a reglamentar con normativa secundaria, decisiones no obligadas a que se publiquen o proyectos que pueden pasar a depender de relaciones asociadas a estructuras susceptibles de capturas políticas.

Sin poder escapar de la Constitución, afortunadamente, la propia reforma exige simplificación, celeridad, debido proceso, motivación, seguridad jurídica e interoperabilidad.
Los reglamentos que vengan deberán convertir estos principios en plazos máximos, procedimientos digitales, requisitos públicos, recursos efectivos y protección transitoria de proyectos iniciados (artículo 253.1, Proyecto de reforma al COA).
La institucionalidad será sólida cuando el registro funcione como protocolo y no como puerta política.
8. Aplicación en los ocho Estados Unidos Andinos
Panamá
La Constitución obliga al Estado y a los habitantes a prevenir la contaminación, mantener el equilibrio ecológico y evitar la destrucción de ecosistemas. También garantiza tierras colectivas a las comunidades indígenas (artículos 118–120 y 127, Constitución de Panamá).
Panamá puede convertir sus comarcas, bosques tropicales, cuencas y corredores biológicos en proyectos comunitarios financiables. Su posición logística permite además articular comercialización, registro y servicios financieros verdes.
Venezuela
La Constitución reconoce la existencia, organización social, culturas, territorios y derechos de los pueblos indígenas. La explotación de recursos en sus hábitats está sujeta a información y consulta; cada generación tiene derecho y deber de proteger el ambiente (artículos 119, 120 y 127, Constitución de Venezuela).
Venezuela posee una reserva territorial inmensa. La estructura comunitaria puede separar la restauración y conservación de la inestabilidad fiscal y política, convirtiendo resultados verificables en inversión directa.
Colombia
La Constitución reconoce la diversidad étnica, protege las tierras comunales y ordena al Estado planificar el manejo de recursos naturales. Los territorios indígenas son gobernados por consejos conformados según los usos y costumbres de sus comunidades (artículos 7, 63, 79, 80, 329 y 330, Constitución de Colombia).
Colombia dispone de experiencia en mercados de carbono, bosques amazónicos y comunidades organizadas. La estructura SIERRA|ANDES puede integrar esos activos en sistemas de trazabilidad regional.
Ecuador
Ecuador ofrece la protección constitucional más completa: Estado plurinacional; titularidad colectiva de derechos; formas propias de organización; territorios ancestrales; administración de recursos renovables; derechos de la naturaleza; derecho comunitario a beneficiarse del ambiente; participación ambiental; acción climática y supremacía constitucional (artículos 1, 10, 57, 71, 72, 74, 395, 398, 414, 424 y 425, Constitución del Ecuador).
El Piloto Kayambi puede convertirse en referencia regional porque combina derechos territoriales, carbono, producción, nutrición, financiamiento y tecnología.
Perú
La Constitución protege el derecho a un ambiente equilibrado, promueve el uso sostenible de los recursos y reconoce autonomía organizativa, económica y administrativa a comunidades campesinas y nativas (artículos 2.22, 66–68, 88 y 89, Constitución del Perú).
La evidencia peruana demuestra que el reconocimiento territorial reduce fuertemente la deforestación. Perú posee condiciones inmediatas para replicar SIERRA|ANDES en comunidades altoandinas y amazónicas.
Bolivia
La Constitución reconoce naciones y pueblos indígena-originario-campesinos, sus territorios, instituciones, consulta y participación en beneficios. También reconoce el derecho a un ambiente saludable y la obligación de conservar los recursos (artículos 30, 33, 342, 352 y 403, Constitución de Bolivia).
Bolivia puede vincular bofedales, punas, bosques, sistemas agropecuarios y agua a una economía climática comunitaria.
Chile
La Constitución protege el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación y atribuye al Estado el deber de tutelar la preservación de la naturaleza (artículo 19.8, Constitución de Chile). El Convenio 169 de la OIT y la Ley Indígena reconocen derechos colectivos y participación.
Chile aporta estabilidad financiera, administradores de inversión, mercados de capitales, tecnología satelital y capacidad regulatoria. Puede funcionar como centro financiero y tecnológico de una red comunitaria andina.
Argentina
La Constitución reconoce el derecho a un ambiente sano, obliga a recomponer el daño ambiental, reconoce la preexistencia étnica y cultural indígena y garantiza propiedad comunitaria de las tierras tradicionalmente ocupadas (artículos 41 y 75.17, Constitución argentina). Las provincias conservan el dominio originario de sus recursos naturales (artículo 124).
Argentina posee bosques, humedales, glaciares, puna, agricultura y ganadería de enorme escala. La estructura puede articular comunidades, provincias, inversión y mercados voluntarios sin concentrar la gobernanza en un único nivel.
9. La tierra y URKU como factores de desarrollo
Los Estados Unidos Andinos han financiado históricamente su desarrollo mediante extracción, deuda, impuestos y ciclos de materias primas. La economía climática ofrece una base diferente: financiar la permanencia del capital natural.
La tierra organizada produce agua, carbono, biodiversidad, alimentos, resiliencia, empleo y cohesión social. Estos resultados adquieren valor económico cuando pueden medirse, verificarse y transarse sin separar el activo de la comunidad que lo conserva.
URKU transforma esa producción en capacidad financiera.
En SIERRA|ANDES, el activo ambiental financia simultáneamente conservación, producción lechera, nutrición infantil, seguridad territorial, crédito e inclusión financiera. El carbono deja de ser una finalidad aislada y se convierte en numerario de desarrollo.
La tierra genera el activo.
La comunidad garantiza la permanencia.
El dMRV produce la evidencia.
BioCarbon aporta integridad.
URKU moviliza la inversión.
Red Santa Cruz estructura la escala.
Esta secuencia puede replicarse en los ocho países. La tecnología y el método son comunes; cada comunidad mantiene su identidad, sus reglas y su plan de vida.
La salida regional está en nuestras manos.

10. Blindaje constitucional de SIERRA|ANDES
La estructura de SIERRA|ANDES está protegida por una combinación de derechos colectivos, derechos territoriales, participación, autonomía organizativa, derechos de la naturaleza, seguridad jurídica y supremacía constitucional.
En Ecuador, el blindaje del núcleo comunitario es especialmente elevado:
Componentes del blindaje institucional y constitucional del modelo SIERRA|ANDES en su PDD autoevaluado (preliminar)
Reconocimiento constitucional, existencia jurídica y organización propia del Pueblo Kayambi.
Gobernanza territorial, autonomía comunitaria y mecanismos de participación.
Administración, conservación y manejo sostenible de los recursos naturales renovables.
Derecho a la consulta, participación y protección frente a afectaciones territoriales.
Integración entre la economía comunitaria y la iniciativa privada de impacto.
Distribución territorial, comunitaria y equitativa de los beneficios del proyecto.
Seguridad jurídica, estabilidad institucional y continuidad de los acuerdos y contratos.
Titularidad, certificación y comercialización de las unidades ambientales y de carbono.
Autonomía operativa frente a los procedimientos administrativos y registrales externos.
El checklist expresa una realidad jurídica: la ley puede regular el mercado, exigir trazabilidad, prevenir doble contabilidad y establecer registros. Su potestad disminuye cuando intenta sustituir la organización comunitaria, desplazar derechos territoriales, apropiarse de beneficios, desconocer acuerdos válidos o imponer decisiones regresivas.
El artículo 57 de la Constitución ecuatoriana protege las formas propias de organización, la propiedad comunitaria y la participación en la administración y conservación de recursos renovables. Los artículos 71 y 72 respaldan la conservación y restauración. El artículo 74 reconoce el derecho comunitario a beneficiarse del ambiente. El artículo 395 exige participación activa y permanente. El artículo 82 garantiza seguridad jurídica. Los artículos 424 y 425 subordinan leyes, reglamentos y actos administrativos a la Constitución.
Por ello:
La Constitución blinda a la comunidad.
El estándar blinda la integridad.
La tecnología blinda la trazabilidad.
La separación funcional blinda el dinero.
La Junta blinda la decisión.
El territorio blinda la permanencia.

11. Conclusiones
La evidencia económica y ambiental conduce a una conclusión firme: las comunidades constituyen la institución más estable para gobernar los bienes comunes de los Andes.
Ostrom lo demostró teóricamente y mediante casos. La evidencia de Perú, Brasil y otros territorios confirma que los derechos colectivos reducen deforestación y mejoran la recuperación forestal. IPBES reconoce que una parte decisiva de la biodiversidad mundial permanece en territorios indígenas y comunitarios.
La captura regulatoria es el principal enemigo institucional. Aparece cuando una autoridad concentra información, autorización, registro, dinero y sanción; cuando los intereses especiales dominan las decisiones; y cuando la regulación se convierte en barrera para quienes conservan y ventaja para quienes poseen acceso político.
SIERRA|ANDES responde mediante una estructura distribuida. El Pueblo Kayambi gobierna. Red Santa Cruz estructura. BioCarbon certifica. El verificador audita. El dMRV mide. La blockchain registra. URKU financia. La autoridad pública supervisa.
Cada función tiene un responsable. Cada responsable tiene un control. Cada movimiento deja evidencia.
La reforma ecuatoriana abre una oportunidad histórica: reconoce mercados voluntarios, proyectos comunitarios, resultados verificables, salvaguardas e interoperabilidad. Su potencial debe ejecutarse mediante reglas objetivas, plazos, tecnología y participación comunitaria. El registro debe impedir la doble contabilidad y jamás convertirse en instrumento para capturar el mercado.
Los ocho Estados Unidos Andinos poseen una reserva de desarrollo que ninguna política industrial importada puede sustituir: su territorio.
Panamá, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Chile y Argentina pueden convertir la continuidad de los Andes en una economía común de agua, carbono, biodiversidad, alimentos, energía limpia y restauración.
La tierra es el capital.
URKU es el instrumento.
Las comunidades son el principal.
La tecnología es la garantía.
La inversión es el acelerador.

Este es el camino de salida. La región seguirá empobreciéndose mientras venda únicamente materias primas y destruya el activo que las produce. Se desarrollará cuando el valor de conservar, restaurar y producir sosteniblemente permanezca en los hogares y comunidades que sostienen el territorio.
Todo con comunidades.
Los gobiernos administran años.
Los mercados valoran resultados.
Las comunidades protegen generaciones.

12. Bibliografía
Banco Mundial. (2019). Illegal Logging, Fishing and Wildlife Trade: The Costs and How to Combat It. Washington, D. C.
Baragwanath, K., & Bayi, E. (2020). Collective property rights reduce deforestation in the Brazilian Amazon. Proceedings of the National Academy of Sciences, 117(34).
Benzeev, R., Zhang, S., Rauber, M. A., Vance, E. A., & Newton, P. (2023). Formalizing tenure of Indigenous lands improved forest outcomes in the Atlantic Forest of Brazil. PNAS Nexus, 2(1).
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